Solo se aceptarán objeciones de aquellos que hayan presentado previamente comentarios específicos por escrito sobre el proyecto propuesto durante la determinación del alcance u otra oportunidad designada para comentarios públicos de acuerdo con §218.5(a). Las cuestiones planteadas en las objeciones deben basarse en comentarios escritos específicos y oportunos presentados previamente con respecto al proyecto propuesto, a menos que se basen en nueva información que surja después de las oportunidades de comentarios designadas. Las objeciones deben presentarse dentro de los 45 días calendario siguientes a la publicación de este aviso en el Roanoke Times.La fecha de publicación en el periódico de registro es el medio exclusivo para calcular el tiempo para presentar una objeción. Aquellos que deseen objetar no deben basarse en la información de fechas o plazos proporcionada por ninguna otra fuente. Las regulaciones prohíben extender el tiempo para presentar una objeción. Como mínimo, una objeción debe incluir lo siguiente (36 CFR 218.8(d)): 1) El nombre y la dirección del objetor, con un número de teléfono, si está disponible; 2) una firma u otra verificación de autoría a petición (se puede presentar una firma escaneada para el correo electrónico con la objeción); 3) cuando se enumeran varios nombres en una objeción, identificación del objetor principal (la verificación de la identidad del objetor principal se proporcionará previa solicitud); 4) el nombre del proyecto propuesto, el nombre y cargo del Funcionario Responsable, y el(los) nombre(s) del(los) Bosque(s) Nacional(es) y/o Distrito(s) de Guardabosques en el que se implementará el proyecto propuesto; y 5) una descripción de los aspectos del proyecto propuesto a los que se refiere la objeción, incluidas las cuestiones específicas relacionadas con el proyecto propuesto, si corresponde, la forma en que el objetor cree que el análisis ambiental o el proyecto de decisión viola específicamente la ley, el reglamento o la política; sugirieron soluciones que resolverían la objeción; razones justificativas que el funcionario revisor debe considerar; y 6) una declaración que demuestre la conexión entre los comentarios específicos anteriores por escrito sobre el proyecto o actividad propuesta en particular y el contenido de la objeción. La incorporación de documentos por referencia está permitida solo según lo dispuesto en §218.8(b). Es responsabilidad del objetor asegurarse de que se presente oportunamente una objeción por escrito ante el oficial de revisión de conformidad con §218.9. Todas las objeciones están disponibles para inspección pública durante y después del proceso de objeción.
Lauren Stull