El Bosque Nacional Lincoln ha preparado una evaluación ambiental (EA), el hallazgo de que no hay impacto significativo (FONSI) y un borrador de aviso de decisión (DN) para la extracción de minerales del Área de Protección de Recursos de la Cueva de Guadalupe ubicada en el Distrito de Guardabosques de Guadalupe. El Bosque Nacional Lincoln ha presentado una solicitud solicitando al Secretario del Interior que retire aproximadamente 28,513 acres de tierras del Sistema Forestal Nacional de la ubicación y entrada bajo las leyes mineras de los Estados Unidos y del arrendamiento bajo las leyes de arrendamiento de minerales, sujeto a los derechos existentes válidos, por un período de 20 años. Se propone que esta acción administrativa se implemente en el condado de Eddy, Nuevo México, para proteger los recursos sensibles de las cuevas a lo largo de la escarpa de Guadalupe entre el Parque Nacional de las Cavernas de Carlsbad y el Parque Nacional de las Montañas de Guadalupe. Si el Secretario del Interior lo aprueba, no se autorizarán nuevos permisos de prospección o solicitudes de arrendamiento de minerales dentro del área de solicitud de retiro en tierras federales por un período de 20 años.
El EA, FONSI y el borrador de DN están disponibles en línea en: https://www.fs.usda.gov/project/lincoln/?project=64160. Se puede obtener información adicional de Jennifer Thomas, Guardabosques del Distrito, al 575-630-3010 o por correo electrónico a jennifer.r.thomas@usda.gov. La Extracción de Minerales del Área de Protección de Recursos de la Cueva de Guadalupe es una actividad que implementa un plan de manejo de tierras no autorizado por la Ley de Restauración de Bosques Saludables y está sujeta al proceso de objeción de conformidad con 36 CFR Parte 218, Subpartes A y B.
Solo se aceptarán objeciones de aquellos que hayan presentado previamente comentarios específicos por escrito con respecto al proyecto propuesto durante el alcance u otra oportunidad designada para comentarios públicos de acuerdo con §218.5 (a). Las cuestiones planteadas en las objeciones deben basarse en comentarios escritos específicos y oportunos previamente presentados con respecto al proyecto propuesto, a menos que se basen en nueva información que surja después de las oportunidades de comentarios designadas.
Las objeciones, incluidos los archivos adjuntos, deben dirigirse al Oficial de Revisión, Southwestern Regional Forester, presentadas por correo, correo electrónico, entrega urgente o servicio de mensajería a 333 Broadway Blvd. SE, Albuquerque, NM 87102, o por correo electrónico a objections-southwestern-regional-office@usda.gov. Las objeciones presentadas electrónicamente pueden enviarse por correo electrónico en Word (.doc), formato de documento portátil (.pdf), formato de texto enriquecido (.rtf), texto (.txt) y lenguaje de marcado de hipertexto (.html).
Las objeciones deben presentarse dentro de los 45 días calendario siguientes a la publicación de este aviso en el Alamogordo Daily News. La fecha de publicación en el periódico de registro es el medio exclusivo para calcular el tiempo para presentar una objeción. Aquellos que deseen objetar no deben confiar en las fechas o la información del marco de tiempo proporcionada por cualquier otra fuente. Las regulaciones prohíben extender el tiempo para presentar una objeción.
Como mínimo, una objeción debe incluir lo siguiente (36 CFR 218.8(d)):
La incorporación de documentos por referencia está permitida solo según lo dispuesto en §218.8(b). Es responsabilidad del objetor garantizar la presentación oportuna de una objeción por escrito ante el oficial de revisión de conformidad con §218.9. Todas las objeciones están disponibles para inspección pública durante y después del proceso de objeción.
El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) es un proveedor, empleador y prestamista de igualdad de oportunidades.
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