FSM 2040 - Monitoreo #ORMS-3585

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El Servicio Forestal propone establecer un nuevo capítulo y una nueva dirección para todos los tipos de actividades de monitoreo en todo el Sistema Forestal Nacional para rastrear las condiciones e informar la toma de decisiones basada en evidencia y el manejo adaptativo. Esta directiva requerirá un aviso público de 30 días y un período de comentarios.

Para consultar la propuesta de directiva, visite el siguiente enlace: https://usfs-public.box.com/s/5hfp5d81tj5dx0kvffd0y3fpxxjx0zxf

El Servicio Forestal dedica considerables recursos a la vigilancia. Aunque algunos programas de monitoreo son de alta calidad, existe la percepción común de que la agencia no se beneficia plenamente de los esfuerzos de monitoreo. La nueva directiva relacionada con el monitoreo del Sistema Forestal Nacional alienta la racionalización del monitoreo de la Agencia al centrar los esfuerzos en las necesidades de información de gestión más relevantes y al confiar en los datos existentes cuando sea posible para apoyar e informar la gestión adaptativa de los recursos. La directiva promoverá el aprendizaje para reducir la incertidumbre, informar las prácticas de gestión de la tierra y los recursos, y cumplir con las leyes, reglamentos y políticas. Al redactar la política, el Organismo se atuvo a los cinco principios fundamentales siguientes: llevar a cabo la supervisión de manera estratégica y eficiente; ser transparentes mediante el seguimiento, el cumplimiento y el intercambio de compromisos de seguimiento; basar los métodos de monitoreo en datos científicos precisos, confiables y relevantes y en el conocimiento indígena; participar en asociaciones internas y externas; y utilizar la tecnología actual y los conjuntos de datos y sistemas de gestión de datos existentes.

La nueva directiva se ubicará en: Manual del Servicio Forestal 2000 – Manejo de Recursos Forestales Nacionales, Capítulo 2040 – Monitoreo del Sistema Forestal Nacional. La política se esfuerza por crear un marco que apoye el pensamiento estratégico sobre qué preguntas hacer a los datos de monitoreo y cómo usar las respuestas de manera más eficiente para informar la gestión de recursos. La formalización de la política de supervisión ayudará a la agencia a aumentar la rendición de cuentas mediante la creación de una base para aumentar el ritmo y la escala del aprendizaje relacionado con la eficacia de las actividades de gestión.

El Servicio Forestal valora la participación pública. Las comunicaciones del público con respecto a este proyecto, incluidos los nombres y la información de contacto de los comentaristas, pasarán a formar parte del registro público. Los comentarios, incluidos los comentarios anónimos, se aceptarán en cualquier momento. Sin embargo, es posible que los comentarios publicados después del cierre de un período de comentarios designado no puedan ser considerados en su totalidad. Después de que se cierre el período de comentarios de 45 días, el Servicio Forestal considerará los comentarios oportunos que estén dentro del alcance de la directiva propuesta en el desarrollo de la directiva final. 

La consulta tribal mínima de 120 días para la directiva propuesta se inició el 16 de septiembre de 2022. Se alienta a las tribus y a las corporaciones nativas de Alaska a que continúen solicitando consultas con funcionarios consultores nacionales, regionales y locales sobre la política, los procedimientos y las acciones nacionales de monitoreo a lo largo del desarrollo y la implementación.  

Se publicará un aviso de la directiva final, incluida una respuesta a los comentarios, en la página web del Servicio Forestal en https://www.fs.usda.gov/about-agency/regulations-policies"https://www.fs.usda.gov/about-agency/regulations-policies.">. 

Para consultar la propuesta de directiva, visite el siguiente enlace: https://usfs-public.box.com/s/5hfp5d81tj5dx0kvffd0y3fpxxjx0zxf

Preguntas?

Si tiene alguna pregunta sobre este proyecto, envíela a:

Mara Alexander

WO - Washington Office - National headquarters
Mara.Alexander@usda.gov