El Servicio Forestal ha preparado un proyecto de decisión para enmendar el Plan Forestal Coconino 2018 para acomodar la carretera aprobada en la Evaluación Ambiental Verde Connect y FONSI publicada el 22 de julio de 2020 por la Administración Federal de Carreteras (FHWA). De acuerdo con 36 CFR 219.13 (a), se requiere una enmienda del plan para agregar, modificar o eliminar uno o más componentes del plan o para cambiar cómo o dónde se aplican uno o más componentes del plan a todos los o parte del área del plan (incluidas las áreas de manejo o áreas geográficas). Esta enmienda es para acomodar el proyecto Verde Connect porque no cumple con dos pautas en el Plan Forestal Nacional de Coconino con respecto a los recursos escénicos y los ecosistemas fluviales. Este aviso es para informar al público que se está iniciando un período de 45 días en el que las personas o entidades con inquietudes específicas sobre la enmienda del plan para acomodar la decisión de Verde Connect pueden presentar objeciones para la revisión del Servicio Forestal antes de la aprobación de la enmienda del plan.
El borrador de la enmienda del plan de Verde Connect y los documentos de Evaluación Ambiental de la FHWA en los que se basa la enmienda del plan se encuentran en línea: https://www.fs.usda.gov/project/?project=56355.
Esta decisión de aprobar la enmienda del plan para el Plan Forestal Nacional de Coconino estará sujeta al proceso de objeción identificado en 36 CFR parte 219 subparte B (219.50 a 219.62 ). Las cuestiones planteadas en las objeciones deben basarse en comentarios formales sustantivos oportunos previamente presentados con respecto a la enmienda del plan propuesto, a menos que se basen en nueva información que surja después de las oportunidades de comentarios designados.
Las objeciones, incluidos los archivos adjuntos, deben presentarse por correo fax, correo electrónico o entrega urgente (de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. excepto días festivos) a: Acting Regional Forester 333 Broadway Blvd SE Albuquerque NM 87102; FAX: (505) 842-3800 objections-southwestern-regional-office@usda.gov. Las objeciones presentadas electrónicamente pueden enviarse por correo electrónico en formato de texto enriquecido (.doc o .docx) (.rtf), texto (.txt) y / o lenguaje de marcado de hipertexto (.html).
Las objeciones deben presentarse dentro de los 45 días calendario (36 219.56 (a)) después de la publicación de este aviso legal en el Arizona Daily Sun. La fecha de publicación en el periódico de registro es el medio exclusivo para calcular el tiempo para presentar una objeción. Aquellos que deseen objetar no deben confiar en las fechas o la información del marco de tiempo proporcionada por cualquier otra fuente. Las regulaciones prohíben extender el tiempo para presentar una objeción.
Una objeción debe incluir lo siguiente (36 CFR 219.54(c)): (
1) El nombre y la dirección del objetor junto con un número de teléfono o dirección de correo electrónico si está disponible; en los casos en que no se adjunte un nombre identificable a una objeción, el Servicio Forestal intentará verificar la identidad del objetor para confirmar la elegibilidad de la objeción;
(2) Firma u otra verificación de autoría previa solicitud (se puede presentar una firma escaneada para correo electrónico con la objeción);
(3) Identificación del objetor principal cuando se enumeran varios nombres en una objeción. El Servicio Forestal comunicará a todas las partes una objeción a través del objetor principal. También se debe proporcionar la verificación de la identidad del objetor principal si se solicita;
4) El nombre de la modificación o revisión del plan objeto de objeción y el nombre y cargo del funcionario responsable;
(5) Una declaración de los problemas y / o partes de la enmienda del plan del plan o la revisión del plan a los que se aplica la objeción;
(6) Una declaración concisa que explique la objeción y sugiera cómo puede mejorarse el proyecto de decisión del plan. Si el objetor cree que la enmienda o revisión del plan del plan es incompatible con la regulación o política de la ley, se debe incluir una explicación;
(7) Una declaración que demuestre el vínculo entre los comentarios formales sustantivos anteriores del objetor y el contenido de la objeción, a menos que la objeción se refiera a un problema que surgió después de las oportunidades para el comentario formal; y
36 CFR 219.54(b) No es necesario proporcionar todos los documentos a los que se hace referencia en la objeción (una bibliografía no es suficiente), excepto los siguientes:
Es responsabilidad del objetor asegurarse de que la objeción incluya la información apropiada como se indicó anteriormente y que el oficial de revisión reciba la objeción de manera oportuna. Todas las objeciones están disponibles para inspección pública durante y después del proceso de objeción.
Para obtener información adicional sobre esta decisión o para solicitar documentos impresos u otra información relacionada con el proyecto, comuníquese con Mike Dechter Coordinador de NEPA al (928) 527-3416 o mike.dechter@usda.gov.
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Acting Regional Forester