Los comentarios, incluidos los comentarios anónimos, serán aceptados en cualquier momento. Sin embargo, las objeciones anónimas y las objeciones presentadas después del cierre del período designado no proporcionarán al objetor la capacidad de revisión administrativa.
El Servicio Forestal valora la participación pública. Las comunicaciones del público con respecto a este proyecto, incluidos los nombres de los comentaristas y la información de contacto, se convertirán en parte del registro público. La fecha del aviso jurídico de oportunidad para oponerse al presente proyecto de Decisión es el medio exclusivo para calcular el plazo de objeción. Para que las propuestas se documenten con una Evaluación Ambiental, el aviso legal que anuncia el período de objeción aparece en el Periódico de Registro Casper Star-Tribune.
Las objeciones deben cumplir con los requisitos de contenido mínimo especificados en 36 CFR 218.8 (d), que incluyen: 1) la dirección del nombre del objetor y el número de teléfono si están disponibles; 2) una firma u otra verificación de la autoría a petición (se puede presentar una firma escaneada con una objeción por correo electrónico); 3) identificación del objetor principal cuando se enumeran varios nombres en una objeción (la verificación de la identidad del objetor principal se proporcionará previa solicitud); 4) nombre del proyecto propuesto y título del Oficial Responsable y nombre del Distrito Nacional Forestal y de Guardabosques en el que se implementaría la propuesta; y 5) una descripción de los aspectos del proyecto propuesto abordados por la objeción, incluidas cuestiones específicas relacionadas con el proyecto propuesto, si procede; cómo el objetor cree que el análisis ambiental o el proyecto de decisión viola específicamente la regulación o política de la ley; recursos sugeridos para resolver la objeción; razones de apoyo para que el Oficial revisor las considere; y una declaración que demuestre la conexión entre los comentarios escritos específicos anteriores sobre el proyecto propuesto y el contenido de la objeción. La incorporación de documentos por referencia solo se permite según lo dispuesto en 36 CFR 218.8 (b).
Justin Snyder