El Supervisor Forestal Nacional de Carson, James D. Duran, ha preparado un hallazgo de Evaluación Ambiental (EA) de no impacto significativo (FONSI) y un borrador de aviso de decisión (DN) para el Proyecto de Restauración de Pueblo Ridge propuesto. El proyecto se está diseñando para crear un paisaje que mejore la resiliencia de la vegetación en respuesta a los incendios forestales y el brote de insectos y enfermedades y fomente el retorno del fuego de intensidad baja y moderada como un proceso natural en el ecosistema. La propuesta incluye el aclareo forestal prescrito quema de restauración ribereña desarrollos de manantiales de construcción de nuevas carreteras construcciones temporales de carreteras y desarrollos de corrales. El proyecto está ubicado en el condado de Taos, Nuevo México. El proyecto también propone dos enmiendas al plan forestal específico del proyecto: 1) para abordar el manejo del búho moteado mexicano y 2) permitir la cosecha mecánica terrestre con equipos especializados diseñados para operar en pendientes pronunciadas.
El FONSI de EA y los borradores de DN están disponibles en línea en: https://www.fs.usda.gov/project/?project=52575. Se puede obtener información adicional sobre esta acción en: Alicia Gallegos Coordinadora Ambiental Forestal al (575) 758-6200 y/o alicia.gallegos@usda.gov.
Este proyecto propuesto está sujeto al proceso de objeción de conformidad con 36 CFR 218 Subpartes A y B. Las objeciones al proyecto de restauración de Pueblo Ridge solo se aceptarán de aquellos que hayan presentado previamente comentarios escritos específicos con respecto al proyecto propuesto durante cualquier oportunidad designada para comentarios públicos, a menos que se basen en información que surja después de las oportunidades de comentarios designadas (es decir, nueva información).
Las objeciones sobre el proyecto de Restauración de Pueblo Ridge deben presentarse dentro de los 45 días calendario posteriores a la publicación de este aviso en Taos News. Aquellos que deseen objetar no deben confiar en las fechas o la información de plazo proporcionada por ninguna otra fuente. Es responsabilidad del remitente garantizar la recepción oportuna de cualquier objeción presentada. Una respuesta automatizada confirmará las objeciones electrónicas recibidas. Si no se recibe una respuesta automatizada, es responsabilidad del remitente garantizar la presentación oportuna por otros medios.
Las objeciones, incluidos los archivos adjuntos, deben dirigirse a la Supervisora Regional Interina Elaine Kohrman presentada por correo a 333 Broadway SE Albuquerque NM 87102 o por correo electrónico a objections-southwestern-regional-office@usda.gov. Las objeciones presentadas electrónicamente deben presentarse en formato de documento portátil (.doc o .docx) de MS Word (.pdf), formato de texto enriquecido (.rtf), texto (.txt) o lenguaje de marcado de hipertexto (.html). La línea de asunto para las presentaciones electrónicas debe contener "Proyecto de restauración de Pueblo Ridge".
Como mínimo, una objeción debe incluir lo siguiente (36 CFR 218.8 (d)): (1) El nombre y la dirección del objetor junto con un número de teléfono o dirección de correo electrónico si está disponible; (2) Firma u otra verificación de la autoría previa solicitud (se puede presentar una firma escaneada para correo electrónico con la objeción); (3) Identificación del objetor principal cuando se enumeran varios nombres en una objeción y verificación de la identidad del objetor principal si se solicita. Los miembros individuales de una entidad deben haber presentado sus propios comentarios individuales para tener elegibilidad para objetar como individuo; (4) El nombre del proyecto propuesto, el nombre y el título del funcionario responsable y el nombre (s) del bosque o distrito en el que se implementará el proyecto propuesto; 5) Una descripción de los aspectos del proyecto propuesto abordados por la objeción, incluidas las cuestiones específicas relacionadas con el proyecto propuesto; si corresponde, cómo el objetor cree que el análisis ambiental o el proyecto de decisión violan específicamente la regulación o política de la ley; sugirió recursos que resolverían la objeción; razones de apoyo que el oficial revisor debe considerar; y (6) Una declaración que demuestre la conexión entre los comentarios escritos específicos anteriores sobre el proyecto o actividad propuesto en particular y el contenido de la objeción, a menos que la objeción se refiera a un problema que surgió después de la(s) oportunidad(es) designada(s) para formular observaciones.
La incorporación de documentos por referencia sólo se permite según lo dispuesto en 218.8(b). Es responsabilidad del objetor garantizar la presentación oportuna de una objeción por escrito con el oficial de revisión de conformidad con 36 CFR 218.9. Todas las objeciones están disponibles para inspección pública durante y después del proceso de objeción.
Comuníquese con Alicia Gallegos al (575) 758-6200 y/o alicia.gallegos@usda.gov para obtener más información.
El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) es un empleador y prestamista proveedor de igualdad de oportunidades.
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