Enmiendas al Plan Forestal para el Gasoducto Conector del Pacífico #28132

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Las enmiendas propuestas al plan del Servicio Forestal se están desarrollando de conformidad con las normas de planificación en 36 CFR 219 (2012).  Las decisiones del Servicio Forestal de aprobar enmiendas a "nivel de plan" a los planes de gestión de tierras (enmiendas propuestas UNF-4 y RRNF-7) están sujetas al Reglamento del Proceso de Revisión Administrativa Pre-Decisional en 36 CFR 219 Subparte B.  El término "nivel de plan" se refiere a las enmiendas del plan que se aplicarían a futuras acciones de gestión.  

El Servicio Forestal aceptará las objeciones enviadas por correo electrónico y enviadas por fax y entregadas en mano sobre las enmiendas a nivel del plan con respecto a esta acción durante los 60 días calendario siguientes a la fecha de publicación del aviso legal en los periódicos registrados para los Bosques Nacionales Umpqua Rogue River-Siskiyou y Fremont-Winema. La fecha de publicación del aviso legal en estos periódicos es el medio exclusivo para calcular el tiempo para presentar una objeción y aquellos que deseen objetar no deben confiar en las fechas o la información del marco de tiempo proporcionada por cualquier otra fuente.   Es responsabilidad del objetor asegurarse de que el oficial revisor reciba la objeción de manera oportuna.  Los reglamentos prohíben ampliar la duración del período de presentación de la objeción.

Una objeción debe incluir lo siguiente (36 CFR 219.54 (c)):

  1. El nombre y la dirección del objetor junto con un número de teléfono o dirección de correo electrónico si está disponible; 
  2. Firma u otra verificación de autoría a pedido (se puede presentar una firma escaneada para correo electrónico con la objeción);
  3. Identificación del objetor principal cuando se enumeran varios nombres en una objeción. 
  4. El nombre de la modificación del plan o de la revisión del plan a la que se objeta y el nombre y el título del funcionario responsable;
  5. Una declaración de los problemas y/o partes de la enmienda del plan o revisión del plan a las que se aplica la objeción;
  6. Una declaración concisa que explique la objeción y sugiera cómo se puede mejorar la decisión del plan propuesta.  Si procede, el objetor debe identificar cómo el objetor cree que la modificación del plan o la revisión del plan es incompatible con la regulación o la política de la ley; y
  7. una declaración que demuestre el vínculo entre los comentarios formales sustantivos anteriores atribuidos al objetor y el contenido de la objeción, a menos que la objeción se refiera a un problema que surgió después de la oportunidades para comentarios formales.
  8. Todos los documentos a los que se hace referencia en la objeción (no es suficiente una bibliografía), excepto que no es necesario proporcionar lo siguiente:
    • Todos o parte de una ley o reglamento federal
    • Documentos del Sistema de Directiva del Servicio Forestal y planes de manejo de tierras u otros documentos publicados del Servicio Forestal
    • Documentos a los que hace referencia el Servicio Forestal en la documentación de planificación relacionada con la propuesta sujeta a objeción y
    • comentarios formales previamente proporcionados al Servicio Forestal por el objetor durante la enmienda del plan propuesto o el período de comentarios de revisión del plan.

Las decisiones del Servicio Forestal de aprobar enmiendas al plan "específico del proyecto" (enmiendas propuestas UNF-1 a 3 RRNF-2 a 6 y WNF-1 a 5) están sujetas al proceso de revisión administrativa de 36 CFR 218 Subparte A y B de conformidad con 36 CFR 219.59 (b).  El término "específico del proyecto" se refiere a las enmiendas que solo se aplicarían al proyecto propuesto y no se aplicarían a ninguna acción de gestión futura.  a las regulaciones de revisión administrativa aplicables para los requisitos de elegibilidad.

La oportunidad de formular objeciones a las modificaciones específicas del proyecto finaliza 45 días naturales después de la fecha de publicación del aviso legal en los periódicos registrados para los Bosques Nacionales Umpqua Rogue River-Siskiyou y Fremont-Winema.  La fecha de publicación del aviso legal en estos periódicos es el medio exclusivo para calcular el tiempo para presentar una objeción y aquellos que deseen objetar no deben confiar en las fechas o en la información de plazo proporcionada por cualquier otra fuente.

Las objeciones serán aceptadas solo de aquellos que hayan presentado previamente comentarios escritos específicos y oportunos con respecto a la parte del Servicio Forestal del proyecto propuesto durante el alcance u otra oportunidad designada para comentarios públicos. Las cuestiones planteadas en las objeciones deben basarse en cuestiones planteadas en los comentarios escritos específicos presentados anteriormente, a menos que las cuestiones se basen en nueva información que surja después de las oportunidades de comentarios designadas (§218.7(c)(2)(ii)). Solo se considerarán las objeciones que estén dentro del espacio de decisión del Servicio Forestal.

La incorporación de documentos por referencia solo se permite según lo dispuesto en §218.8 (b). Es responsabilidad del objetor garantizar la presentación oportuna de una objeción por escrito con el oficial revisor. Todas las objeciones están disponibles para inspección pública durante y después del proceso de objeción.

Como mínimo, las objeciones deben incluir lo siguiente (§218.8 (d)):

  1.  Enumere la dirección del nombre y, si es posible, un número de teléfono del objetor;
  2. Proporcione una firma u otra verificación de autoría (se puede presentar una firma escaneada para correo electrónico con la objeción);
  3. Identifique al objetor principal cuando se enumeran varios nombres en una objeción;
  4. Proporcionar el nombre del proyecto objetado al nombre y título del funcionario responsable y el nombre del Bosque Nacional en el que se encuentra el proyecto;
  5. Una descripción de los aspectos del proyecto propuesto abordados por la objeción, incluidas las cuestiones específicas relacionadas con el proyecto propuesto; si corresponde, cómo el objetor cree que el análisis ambiental o el proyecto de decisión viola específicamente la regulación o política de la ley; remedios sugeridos que resolverían la objeción; razones de apoyo para que el oficial de revisión considere; y;
  6. Una declaración que demuestre la conexión entre los comentarios escritos específicos anteriores sobre el proyecto o actividad propuesto en particular y el contenido de la objeción, a menos que la objeción se refiera a un problema que surgió después de la(s) oportunidad(es) designada(s) para comentar.

Correo:  Las objeciones se pueden enviar por correo al Oficial de Revisión a la dirección a continuación.  Las objeciones entregadas por correo deben tener matasellos antes del día de cierre del período de presentación de objeciones y recibirse antes del cierre del quinto día hábil siguiente al final del período de objeciones. 

Regional Forester (Review Officer)

Pacific Northwest Regional Office

A la atención de: 1570 Objections

P.O. Box 3623

Portland OR 97208-3623

Hand-delivery:  Las objeciones se pueden entregar en mano a la Oficina Regional del Pacífico Noroeste 1220 SW 3rd Avenue Portland Oregon entre las 8:00 AM y las 4:30 PM de lunes a viernes, excepto los días festivos legales.  Tenga en cuenta que esta es una nueva dirección física a partir de septiembre de 2013.

Fax:  Las objeciones se pueden enviar por fax a la Regional Forester Attn: 1570 Objections al (503) 808-2339.  Verifique la recepción.

Las objeciones que no se presenten a tiempo o que no cumplan con los requisitos descritos anteriormente se dejarán de lado sin revisión adicional.  Para obtener más información, consulte la pestaña Solicitar más información en la página web anterior.

Preguntas?

Si tiene alguna pregunta sobre este proyecto, envíela a:

David Krantz

Umpqua National Forest All Units
2900 NW Stewart Parkway , Roseburg, OR, 97471
dkrantz@fs.fed.us